Cárcel de Bouwer: piden que se adecúen los protocolos en identidad de género

Alojamiento para persona trans

Géneros 21 de abril de 2022 Diario Sumario

(Sumario Noticias) En el marco de un habeas corpus correctivo presentado por una interna de Bouwer, el juez Gustavo Hidalgo instó a la autoridad carcelaria a adecuar sus normas y protocolos a la Ley 26.743 sobre Identidad de Género.

El Juzgado de Control Penal en lo Penal Económico recomendó al Servicio Penitenciario de Córdoba (SPC) que provea un lugar de alojamiento conforme a su autopercepción para una persona de la comunidad trans. También instó a la autoridad carcelaria a adecuar sus normas y protocolos a la Ley 26.743 sobre Identidad de Género.

La decisión fue adoptada en el marco de un habeas corpus planteado por la interna M. L. M. S., quien está alojada en el establecimiento penitenciario de la localidad de Bouwer. En dicha presentación, la interna reclamó por sus condiciones de alojamiento, problemas de convivencia con otros internos, entre ellos, burlas de compañeros y guardias, agresiones y sustracciones de elementos personales que le dejan sus familiares (como ropa interior, tinturas, etc.).

En su resolución, el juez Gustavo Hidalgo realizó algunas consideraciones respecto a este planteo. Destacó que la Constitución de la Provincia de Córdoba (CP) establece como objeto del llamado “hábeas corpus correctivo” una vía apta a favor de “quien sufra una agravación ilegítima de la forma y condiciones en que se cumple la privación de la libertad, sin detrimento de las facultades propias del juez del proceso” (artículo 47, CP).

Con relación a sus reclamos, recordó que la Ley 26743 de Identidad de Género, en su artículo primero establece: Toda persona tiene derecho: a) Al reconocimiento de su identidad de género; b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.

Conforme a esta normativa, en el caso de M. L. M. S., resaltó que aunque no hubiera escogido todavía la rectificación de su nombre a nivel registral u opte finalmente por no hacerlo, tiene derecho a ser nombrada y tratada de acuerdo a su identidad de género, informó el Poder Judicial a través de su página web. 

Evitar conflictos

Con relación al lugar de su alojamiento, habiendo constatado que se encuentra actualmente alojada en un pabellón donde –de acuerdo a las listas obrantes en autos- convive con identidades diferentes, recomendó al Servicio Penitenciario evaluara, reconsiderara o analizara esta problemática, a fin de adecuar el lugar de su alojamiento para evitar conflictos con otros internos e internas que pudieran poner en riesgo su integridad psicofísica.

Puntualmente, el juez Gustavo Hidalgo consideró que, en lo atinente a la queja de la interna M. L. M. S. respecto las burlas por parte de sus compañeros y también del personal del SPC, adhería a lo que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ha recomendado en autos Q. H. T. y otro s/habeas corpus. En este sentido, coincidió con la necesidad de tomar medidas tendientes a la concientización del personal penitenciario, tanto los dedicados a la seguridad como a la salud, sobre discriminación y sensibilización; porque, además del cambio normativo o reglamentario del modo de proceder, lo que habrá de modificar definitivamente la conducta discriminatoria es la toma de conciencia.

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