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title: "Incendios en Córdoba: la Provincia declaró el desastre agropecuario"
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description: "La medida alcanza a los productores agropecuarios afectados entre los meses de agosto y septiembre en las zonas productivas, y que tiene el beneficio de exención impositiva establecido en la Ley N° 7121."
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date_published: "2024-09-30T17:21:00-03:00"
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tags:
  - "ambiente"
  - "desastre agropecuario"
  - "incendios en córdoba"
author_name: "Redacción SN"
category_name: "Provinciales"
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# Incendios en Córdoba: la Provincia declaró el desastre agropecuario

![desastre agropecuario](/download/multimedia.normal.857ba18d1608b24d.ZGVzYXN0cmUgYWdyb3BlY3VhcmlvX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

**(SN; Córdoba)**A través de su portal web, el Gobierno de Córdoba declaró el desastre agropecuario por los incendios forestales desatados en la provincia, medida que alcanza a productores afectados por el fuego entre agosto y septiembre en zonas productivas.

Se trata de la resolución N° 398/2024, y en el marco de la Ley 7.121, el ministerio de Bioagroindustria declaró a partir del 1° de septiembre de 2024 y hasta el día 31 de agosto de 2025 el estado de Desastre Agropecuario para los productores agropecuarios (agrícolas, forestales, frutihortícolas, ganaderos, tamberos y apícolas) afectados por incendios ocurridos durante los meses de agosto y septiembre del corriente año.

La medida alcanza a las actividades delimitadas bajo el criterio de polígonos georreferenciados ubicados en las siguientes zonas afectadas: Villa Yacanto, Villa Berna, La Calera, Ischilín, Ambul, Chancaní, Villa Gutiérrez, Capilla del Monte -Corral de piedra y Ascochinga.

Es importante destacar que, el desastre agropecuario tiene el beneficio de exención impositiva establecido en la Ley N° 7121.

En este caso alcanza a las cuotas 9, 10, 11 y 12 del año 2024 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural y la parte proporcional de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondientes a la anualidad 2024, y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Asimismo, se establece que los productores beneficiados por la presente resolución que hubieren abonado los impuestos referidos en el artículo precedente, recibirán la acreditación de los importes ingresados contra futuras obligaciones tributarias, conforme lo disponga la Dirección General de Rentas. Los productores afectados deberán presentar las Declaraciones Juradas a través de la Plataforma de Servicios Ciudadano Digital.

A su vez, ya se efectuó la elevación de la homologación de emergencia nacional, para lograr el refinanciamiento de deudas de banca pública y la prórroga de impuestos nacionales.

**Cómo acceder**

Los productores agropecuarios que fueron afectados por los incendios pueden presentar la declaración jurada para tener los beneficios de la resolución 398/2024.

Deben ingresar al CiDi, tener nivel 2, buscar Gestión Agropecuaria, ingresar a Productores Autogestión y completar el formulario.

Los agentes zonales brindarán información y atención a los productores.

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