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title: "Santa Ana: Cormecor no podrá funcionar a menos de cuatro kilómetros"
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description: "Se trata de la anulación del Tribunal Superior de Justicia a la licencia ambiental que posibilitaba la existencia del complejo de tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos (RSU) del Área Metropolitana de Córdoba a un kilómetro de la localidad."
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date_published: "2025-03-20T17:57:00-03:00"
date_modified: "2025-03-20T18:00:56-03:00"
tags:
  - "Cormecor"
  - "Santa Ana"
  - "tribunal superior de justicia"
author_name: "Redacción SN"
category_name: "Provinciales"
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# Santa Ana: Cormecor no podrá funcionar a menos de cuatro kilómetros

![cormecor-santa ana](/download/multimedia.normal.a43bcb4758cae5fa.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*cormecor-santa ana*

**(SN; con información de La Nueva Mañana)** Este jueves se conoció la noticia de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) anuló parcialmente la licencia ambiental que posibilitaba el emplazamiento del basural a sólo un kilómetro de la localidad de Villa Parque Santa Ana.

Se trata del complejo de tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos (RSU) del Área Metropolitana de Córdoba de la empresa Cormecor. La Justicia provincial dispuso un mecanismo para que los vecinos tengan mayor participación.

Según se explicó oficialmente, el complejo podrá ser instalado en la zona originariamente elegida (departamento Santa María), siempre que el borde externo del predio sea localizado, como mínimo, a cuatro kilómetros de la localidad de Villa Parque Santa Ana, informó [La Nueva Mañana.](https://lmdiario.com.ar/contenido/476423/el-tsj-dispuso-que-cormecor-no-podra-funcionar-a-menos-de-4-kilometros-de-villa-)

Además, la empresa responsable del proyecto, Cormecor SA, deberá adoptar una serie de recaudos técnicos (control de gases y olores, entre otros), al tiempo que también deberá asegurarse que los vecinos de Santa Ana cuenten con un representante en la Comisión Técnico-Social, que monitoreará si se cumplen las metas del emprendimiento.

De esta manera, el TSJ hizo lugar, en forma parcial, a los recursos de apelación que Cormecor, la Municipalidad de Córdoba y la Provincia habían planteado contra la sentencia de la Cámara Contencioso-Administrativa de Primera Nominación.

Esta última, al hacer lugar a la acción de amparo promovida por el municipio y por los vecinos de Santa Ana, había concluido que el sitio elegido (a solo un kilómetro de la localidad) no cumplía los requisitos socioambientales necesarios; tampoco, la sugerencia del Instituto Superior de Estudios Ambientales (ISEA) de la Universidad Nacional de Córdoba de que el predio fuera situado a cuatro kilómetros del radio urbano. En su momento (años 2012 y 2014), el ISEA había sido convocado por la Municipalidad de Córdoba para que efectuara un estudio de zonas posibles para la instalación de Cormecor.

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