Sociedad Diario Sumario 14 de mayo de 2020

Sesión virtual: aprobaron beneficios para personal de salud

Covid-19

La Cámara de Diputados concretó este miércoles su primera sesión remota de la historia, con más de 40 legisladores en el recinto y casi 200 conectados por videoconferencia, en una jornada en la que se aprobó en forma unánime un proyecto para la exención del pago de Impuesto a las Ganancias para el personal de Salud y de Seguridad y la "ley Silvio", para proteger la seguridad del personal sanitario en el contexto de pandemia.  

El proyecto de ley que exime del Impuesto a las Ganancias las horas extras o guardias realizadas por trabajadores de la salud y de seguridad durante la pandemia del coronavirus y otorga una pensión graciable a los familiares de los empleados fallecidos en esas tareas.

 

Diputados nacionales participaron de la sesión virtual del Congreso desde la Legislatura de Córdoba

 

La iniciativa fue aprobada por 252 votos en la primera sesión virtual de la Cámara baja, en un debate que tuvo como características el consenso logrado por todas las fuerzas políticas para dar alivio a los trabajadores de esas áreas esenciales.

El proyecto establece que quedan exceptuados de Ganancias desde el 1 de marzo hasta el 30 de septiembre las remuneraciones por horas extras y guardias en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19.

Este beneficio lo tendrán los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada y el de las Fuerzas Armadas, de Seguridad, de la Actividad Migratoria, de la Actividad Aduanera y Bomberos que presten servicios relacionados con la emergencia.

 

Se suman 316 y el número de infectados asciende a 6.879

 

Además, se otorgará una pensión graciable a los familiares de los trabajadores esenciales que fallecieron mientras desarrollaban su tarea en la pandemia del coronavirus.

De acuerdo a la iniciativa cobrarán esa pensión los cónyuges o convivientes, en el marco de una unión convivencial, y los hijos solteros hasta los 21 años. La suma será equivalente al doble del haber mínimo jubilatorio, a la que se le aplicarán los aumentos de movilidad correspondientes a los otorgados a las jubilaciones ordinarias.

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