Provinciales Diario Sumario 20 de abril de 2020

¿Cómo podrán ingresar a Córdoba quienes hayan estado varados?

Covid-19

Según la disposición 04/2020 aplicada por la Provincia de Córdoba, solo podrán retornar aquellas personas que tengan domicilio legal en la Provincia, consignado en su DNI.

Esta medida, se da en el marco del permiso excepcional que dio la Nación para aquellas personas que por distintas circunstancias quedaron fuera de sus provincias de origen durante el aislamiento social preventivo y obligatorio.

 

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Para brindar más detalles, el secretario de Riesgo Climático, Catástrofes y Protección Civil, Claudio Vignetta, destacó: “En relación a esta circular emanada en conjunto con el Ministerio del Interior y de Transporte de la Nación, Córdoba ha tomado el artículo 2 donde, dice que los organismos de salud pueden interferir en ella, y hemos puesto una serie de requisitos basados en una serie de estudios epidemiológicos y decidimos limitar la situación”.  

En primer lugar, se precisa: aquellos cordobeses que se encuentren varados en cualquier provincia de la República Argentina, podrán retornar a su hogar corroborando con su DNI el domicilio oficial en la Provincia de Córdoba, y además, contar con la copia digital o impresa de la “Certificación para el Regreso al Domicilio Habitual” tramitada por el autorizante en la que conste tal circunstancia.

 

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Asimismo, quienes arriben a las distintas localidades deberán firmar una declaración jurada en la que den cuenta de que no tienen síntomas compatibles con coronavirus, además de consignar el domicilio en el que se completará la cuarentena sanitaria obligatoria de 14 días desde su llegada. Será el COE quien supervisará el estricto cumplimiento de esa medida.

A la población que tenga su domicilio en aquellas zonas denominadas “limpia”, es decir que están libres de coronavirus, se le sugiere no regresar a sus hogares, sino realizar la cuarentena correspondiente en el domicilio de algún familiar o alternativo para evitar un potencial ingreso de Covid-19.

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