Nacionales Diario Sumario 20 de enero de 2021

Fernández reglamentó la ley de teletrabajo

(Agencia Télam) El Gobierno nacional reglamentó este miércoles el Régimen Legal del Contrato del Teletrabajo. Aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado, regula esta modalidad laboral en actividades que lo permitan.

La reglamentación de la ley 27.555 fue publicada en el Boletín Oficial a través del decreto 27/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo establece que «las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular».

Tampoco «en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja».

En tanto, en el anexo publicado este miércoles, se detalla que los artículos 2°, 3° y 4° quedaron sin reglamentar.

El artículo 5°, referido al derecho a la desconexión digital, precisa que cuando «la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral».

«En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada», dice la normativa. Aclara que «no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión».

En cuanto a las tareas de cuidado, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, «deberá comunicar en forma virtual y con precisión» el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza.

«En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal vigente se podrá acordar su reducción», agrega.

Respecto de la reversibilidad, deberá «ajustarse a los deberes impuestos en los artículos 9º y 10° del Código Civil y Comercial de la Nación. También al 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo».

«Recibida la solicitud del trabajador, el empleador deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación o de los establecimientos». En ningún caso dicho el plazo podrá ser superior a 30 días.

«A los efectos de evaluar la imposibilidad de cumplir con esta obligación se tendrá especialmente en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en que se dispuso el cambio de la modalidad presencial hacia la modalidad de teletrabajo», añade el decreto.

Por otra parte, los empleados que hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral «no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los Convenios Colectivos del Trabajo o en los contratos individuales».

Sobre la provisión de elementos de trabajo, se remarca que «no es remuneratoria». Por lo que «no integran la base retributiva para el cómputo de ningún rubro emergente del contrato de trabajo».

Además, en ambos casos puedan acordar entre ellas las pautas para su determinación.

Cuando se pacte el teletrabajo al inicio de la relación, «aquella debe llevarse a cabo previa consulta con la entidad sindical».

Y añade que la representación de quienes antes prestaban servicios presenciales continuará siendo en el establecimiento laboral.

Te puede interesar

Por decreto: Milei liberó el mercado de telefonía, internet y TV

Al igual que las prepagas, las empresas de telecomunicaciones tendrán la libertad de "fijar sus tarifas". Parece que al ministro Caputo le gusta ponerse palos en su propia rueda.

Gobierno: Milei echó al secretario de trabajo tras el escándalo de los sueldos

El Presidente lo anunció esta mañana en La Nación+: "Lo están notificando en este momento", declaró. También volvió a atacar a CFK por cobrar "jubilaciones de privilegio".

Inflación: en marzo, una familia necesitó $773.385 para no ser pobre

Los recursos que se requieren para no caer en la indigencia o en la pobreza superan ampliamente al Salario Mínimo, Vital y Móvil del mismo mes y también a la jubilación mínima.

Escuelas privadas: el Gobierno lanzó vouchers para pagar la cuota

Las familias tendrán acceso al 50% del valor de la cuota y tendrá un tope de $27.198 por hijo. La medida fue anunciada por el Minsiterio de Capital Humano y aplica para nivel inicial, primario y secundario.

Buenos Aires: otro enviado de Biden llegó a la Argentina

Esta vez se trata de Jack Sullivan, el asesor de Seguridad Nacional del presidente Joe Biden, quien se mostró interesado en las reformas económicas en la Argentina y manifestó su apoyo para promover inversiones en la Argentina.

Seguridad: el gobierno impulsa un paquete de leyes represivas

Anunció el envío al Congreso de proyectos de modificación de la Ley de Seguridad Interior e iniciativas para avanzar en la penalidad como delitos conductas que hoy se consideran contravenciones, como los cortes de calle.