Internacionales Redacción SN 18 de mayo de 2023

Ecuador: repercusiones de la disolución de la asamblea

Ex legisladores de la Asamblea Nacional exigieron “un pronunciamiento inmediato” de la Corte Constitucional sobre las demandas presentadas contra el mecanismo de la muerte cruzada.

 (Nodal) Ex autoridades de la Asamblea piden ‘pronunciamiento inmediato’ de la Corte Constitucional sobre muerte cruzada. Virgilio Saquicela, expresidente de la Asamblea, exigió “un pronunciamiento inmediato” de la Corte Constitucional sobre las demandas presentadas contra el mecanismo de la muerte cruzada.

Saquicela compareció en una rueda de prensa, la tarde de este miércoles 17 de mayo de 2023, en un edificio en el norte de Quito, diez horas después de que el presidente Guillermo Lasso disolviera el Parlamento y llamara elecciones anticipadas. Lo acompañaron Esteban Torres (PSC), ex segundo vicepresidente de la Asamblea, y Yeseña Guamaní (ID), exvocal del Consejo de Administración de la Legislatura (CAL).

También estuvieron presentes Ángel Maita, Mireya Pazmiño, de Pachakutik, y asambleístas independientes que formaban parte de la mayoría opositora en el Parlamento.

En la rueda de prensa catalogaron de “inconstitucional” al Decreto con el que Lasso aplicó el mecanismo conocido como muerte cruzada; sin embargo, señalaron que acatarán la medida a la espera de que la Corte se pronuncie.

Por su parte, los ex legisladores del oficialismo se reunieron esta tarde, en el Palacio de Carondelet, con el presidente Lasso. Según Juan Fernando Flores, el propósito fue analizar la viabilidad de presentar 17 proyectos como decretos-ley de urgencia en materia económica, con dictamen favorable previo de la Corte Constitucional.

Sobre la posibilidad de que Lasso se presente a la reelección, la oficialista Ana Belén Cordero manifestó que todavía no hay una decisión tomada del Mandatario.

CNE debe reglamentar y organizar elecciones con ‘cronómetro en mano’

 La muerte cruzada decretada por el presidente Guillermo Lasso da inicio a un proceso electoral ‘exprés’, para el que, incluso, se requerirá un reglamento especial. Sólo hay dos plazos establecidos en la ley que el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe respetar: los siete días para la convocatoria y los 90 días para llevar a cabo las elecciones.

Ni la Constitución ni el Código de la Democracia detallan cómo se deben desarrollar dentro de ese plazo todas las etapas en un periodo electoral extraordinario, como el que se presenta tras la muerte cruzada.

De manera que el CNE debe reglamentar cómo completar en 90 días los siguientes procesos:

·         Elecciones primarias

·         Sorteo, capacitación y notificación de Juntas Receptoras del Voto

·         Registro de alianzas

·         Inscripción y calificación de candidaturas

·         Campaña electoral

·         Debate

En un proceso normal, solo la calificación de candidaturas toma aproximadamente 40 días, la campaña electoral no puede exceder de 45 días y los debates se cumplen tres semanas antes de las elecciones.

Pero esos plazos no encajan en el proceso electoral extraordinario al que se enfrenta ahora Ecuador. Por eso, la dirección jurídica del CNE ya trabaja en la creación de un reglamento específico, anunció Atamaint.

El CNE también debe reglamentar los otros aspectos de las elecciones que no están claros en el Código de la Democracia. “Vamos a hacer lo posible por no afectar los derechos de participación”, aseguró Atamaint.

El vicepresidente del CNE, Enrique Pita, aseguró en una entrevista con FM Mundo que el organismo “debe trabajar a marcha forzada sobre estos asuntos“, a pesar de que ya miraban como una posibilidad la muerte cruzada.

Hasta la instalación de la nueva Asamblea, Lasso podrá expedir, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, decretos leyes de urgencia económica. Estos podrían ser aprobados o derogados por el nuevo órgano Legislativo.

¿Hasta cuándo se queda Lasso?

La Constitución no da plazos más allá de la fecha de las elecciones. Por lo que está en manos del CNE definir el calendario electoral después de esta fecha. Según la Constitución, las elecciones se deben cumplir en máximo 90 días después de la convocatoria. Es decir que los ecuatorianos irían a las urnas antes del 24 de agosto.

Si el CNE superara ese plazo, la Corte Constitucional hará la convocatoria a elecciones y destituirá a los consejeros del CNE. Pero quedan varios vacíos. Entre los temas a analizar está, por ejemplo, qué ocurriría en una eventual segunda vuelta electoral. Esta fecha no estaría incluida en los 90 días, aclaró Diana Atamaint, presidenta del CNE en una rueda de prensa ofrecida la tarde del 17 de mayo de 2023.

Una eventual segunda vuelta electoral demoraría aún más el proceso electoral hasta que Lasso llegue a ser reemplazado. Según el Código de la Democracia, el escrutinio de resultados puede durar hasta 10 días después del día de las elecciones. Superado esto, se abre toda una etapa para de objeciones y recursos que puede llegar a durar hasta dos meses en procesos normales.

Las nuevas autoridades deberán posesionarse en máximo 15 días desde la proclamación de los resultados, según establece el artículo 91 del Código de la Democracia. Las nuevas autoridades deberán concluir el actual periodo, es decir, estarán en funciones poco más de un año, hasta mayo de 2025.

Todo el proceso para que Ecuador tenga nuevas autoridades tardará al menos cuatro meses y máximo ocho, calcula el constitucionalista Sebastián López, docente de la Universidad del Azuay. Además, a pocos meses de que hayan asumido el cargo, el CNE deberá iniciar el periodo electoral ordinario para las elecciones generales de 2025.

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