Reforma laboral: Milei promulgó la ley que legaliza la precarización

La norma comienza a regir desde este viernes: habilita jornadas de hasta 12 horas mediante bancos de horas, limita indemnizaciones, amplía el trabajo “independiente” y restringe huelgas.
Política06 de marzo de 2026SNSN
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(SN; Buenos Aires) El presidente Javier Milei promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802, sancionada por el Congreso de la Nación Argentina el pasado 27 de febrero. La norma introduce cambios profundos en el régimen laboral argentino y redefine aspectos centrales de la relación entre empleadores y trabajadores.

La ley modifica la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744 y establece nuevas reglas sobre indemnizaciones, negociación colectiva, conflictos laborales y contratación a través de plataformas digitales. Distintos especialistas en derecho laboral y organizaciones sindicales advierten que las modificaciones implican un retroceso en derechos históricos del trabajo.

Uno de los cambios centrales es la redefinición del vínculo laboral. La norma limita la presunción de relación de dependencia cuando exista facturación o pagos acreditados por vía bancaria. Esto abre la posibilidad de que trabajadores que en los hechos cumplen tareas para un empleador sean considerados prestadores independientes.

En esa línea, la ley crea un régimen específico para los servicios prestados a través de plataformas digitales. Conductores y repartidores pasarán a ser considerados trabajadores independientes, por lo que no estarán alcanzados por derechos laborales tradicionales como indemnización por despido, licencias o negociación colectiva.

Jornadas más extensas

Entre los aspectos más cuestionados aparece la incorporación de mecanismos de organización del tiempo de trabajo que permiten extender las jornadas mediante sistemas de compensación. En la práctica, el esquema habilita jornadas de hasta 12 horas diarias que luego pueden compensarse con días de descanso.

Este sistema, conocido como “banco de horas”, permite que las empresas acumulen horas extras para compensarlas en otro momento, lo que debilita el principio de límite diario de la jornada laboral.

Cambios en indemnizaciones

La reforma también redefine el régimen de despidos. El nuevo artículo 245 mantiene la indemnización de un mes de sueldo por año trabajado, pero establece que esa compensación será la única reparación frente a un despido sin causa.

Esto impide que los trabajadores inicien otras acciones civiles vinculadas al despido, salvo en casos donde existan delitos penales.

Al mismo tiempo, la ley crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que deberán constituir los empleadores para afrontar indemnizaciones. Estos fondos estarán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores.

Límites a huelgas

Otro de los puntos centrales de la reforma es la modificación del régimen de conflictos colectivos. En los servicios considerados esenciales, las huelgas deberán garantizar al menos el 75% de la prestación habitual.

La ley también amplía la lista de actividades consideradas esenciales, incorporando sectores como telecomunicaciones, recolección de residuos, aeronáutica comercial y seguridad privada.

Además, establece que en actividades consideradas de importancia trascendental —como transporte terrestre, industria alimenticia, servicios bancarios y actividades vinculadas a exportaciones— deberá mantenerse al menos el 50% de la actividad.

Para organizaciones sindicales, estas exigencias reducen significativamente la capacidad de los trabajadores para ejercer el derecho a huelga.

Cambios en convenios y sindicatos

La norma modifica además la Ley de Convenios Colectivos de Trabajo N.º 14.250. A partir de ahora, cuando un convenio colectivo venza, solo se mantendrán vigentes sus cláusulas normativas hasta que se firme uno nuevo, mientras que las cláusulas obligacionales solo continuarán si existe acuerdo entre las partes.

También se establecen topes a los aportes fijados en convenios colectivos para sindicatos y cámaras empresarias.

Fin de estatutos especiales

La reforma deroga diversos estatutos laborales especiales que regían para determinadas actividades. Entre ellos se encuentra el estatuto del periodista profesional, que quedará absorbido por el régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo.

Según lo establecido en la norma, estos cambios comenzarán a aplicarse de manera progresiva y algunos artículos entrarán plenamente en vigencia a partir de 2027.

Con esta reforma, el Gobierno nacional avanza en una transformación profunda del sistema laboral argentino, en una dirección que diversos sectores consideran una flexibilización del trabajo y una reducción de protecciones históricas para los trabajadores.

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