

Calendario 2025: el gobierno fijó los feriados y los días no laborables

(SN; con información NA) El Poder Ejecutivo Nacional estableció, mediante el Decreto 1027/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial, tres días no laborables con fines turísticos para el año 2025.
Las fechas designadas son el 2 de mayo, el 15 de agosto y el 21 de noviembre. Esta decisión se enmarca en las facultades otorgadas al Ejecutivo por la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y días no laborables en la Argentina.
El artículo 1° del decreto establece textualmente: “Establécense como días no laborables con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas: AÑO 2025: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre”. La normativa fue firmada por el presidente Javier Milei y el ministro Guillermo Francos, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Promoción del turismo y reducción de estacionalidad
El Gobierno destacó que la medida busca fortalecer la actividad turística, uno de los sectores clave para el desarrollo económico nacional. En los fundamentos del decreto, se subrayó que la decisión tiene como objetivo distribuir el turismo a lo largo del año, contrarrestando la estacionalidad que afecta al sector.
Según el texto, “dicha facultad deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno de la República Argentina”, y añadió que estas fechas específicas están diseñadas para generar beneficios económicos en destinos turísticos de todo el país. Asimismo, se mencionó que los días seleccionados coinciden estratégicamente con lunes o viernes para fomentar escapadas de fin de semana largo.
Marco normativo
El decreto hace referencia al artículo 7° de la Ley 27.399, que otorga al Ejecutivo la potestad de fijar hasta tres días no laborables por año con fines turísticos. También se menciona el artículo 6° de la misma ley, que regula el traslado de feriados nacionales que coincidan con días de semana para optimizar su impacto económico.
En este sentido, se recuerda que el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional, otorga al Presidente la facultad de dictar normas en el ámbito de su competencia. El texto también subraya que esta decisión se encuentra respaldada por la Ley de Ministerios N° 22.520, que confiere a la Jefatura de Gabinete de Ministros las atribuciones relacionadas con feriados y actos de carácter patriótico.
Impacto esperado
El Gobierno espera que la disposición contribuya significativamente al crecimiento del turismo interno, alentando a los argentinos a viajar dentro del país y dinamizando las economías regionales. En años anteriores, medidas similares demostraron ser efectivas para movilizar a millones de personas y generar ingresos en sectores como la hotelería, gastronomía y transporte.
El decreto concluye con el mandato de su comunicación y publicación: “ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese”.


Alquileres sin freno: en agosto subieron más del doble que la inflación

SINPECOR cumplió 80 años: "Nos encuentra en una de las peores coyunturas"

Anisacate: estudiantes del “Juana” clasificaron a la Feria Nacional de Ciencias

Alta Gracia: vecinos impulsan una ordenanza tras la tragedia del niño atacado por el pitbull

Córdoba superó la media nacional en PISA, pero el 64% no alcanzó el nivel básico en Matemática


Alta Gracia: el comercio no registró un solo mes de crecimiento en lo que va de 2026

Alta Gracia: Pablo Ortiz denunció una operación política y "analiza" volver al Concejo

Malvinas: el Gobierno endurece el discurso, pero una bandera histórica sigue ausente

Alta Gracia: el posible regreso de Pablo Ortiz genera cautela entre los concejales

Malvinas: el Gobierno invertirá $300 mil millones en una base naval en Ushuaia



