Anisacate: anulan una donación al Centro de Jubilados

El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza impulsada por la intendenta, dejando sin efecto la cesión de un lote al Centro de Jubilados Igualdad, en el se encuentra la sede social de los adultos mayores. Fuerte cruce y nueva polémica que envuelve a Natalia Contini.

25 de abril de 2024 Redacción SN
CD ANISACATE Voto Mayoría 20240424

(SN; Anisacate) El Concejo Deliberante de Anisacate anuló la cesión de un terreno al Centro de Jubilados y Pensionados "Igualdad", que había decidido la administración de Ramón Zalazar el año pasado.

El legislativo municipal -con el voto de los concejales oficialistas y ante la indignación de la oposición- aprobó durante la noche del jueves la derogación de la Ordenanza 489, mediante la cual se la habían cedido lotes a la institución de adultos mayores, donde incluso funciona su sede social.

La norma aprobada deroga la Ordenanza 489, sancionada el 26 de julio de 2023, cuando la lista del gobierno encabezado por Zalazar ya había perdido las elecciones, pero aún estaba en funciones. No obstante, por entonces aquella norma fue votada favorablemente por la concejala Natalia Contini, quien ya era intendenta electa.

Además, la nueva iniciativa oficial cede en comodato a la entidad de adultos mayores el lote en donde se erige la sede social.

La principal diferencia entre las dos ordenanzas es el cambio en la administración y destino de los terrenos. La primera establecía la donación de un terreno y el comodato de otro, al Centro de Jubilados y Pensionados Igualdad. La aprobada anoche reincorpora esos terrenos al patrimonio municipal, establece un contrato de comodato de 30 años y transforma el otro en un espacio público para recreación para la tercera edad. 

Carla Petrello, Maximiliano Márquez y Matías Cuello, del bloque opositor. (Foto: Jorge Conalbi Anzorena / SN)

"Tal como hacía en el Banco de Córdoba, la Intendenta le hizo el cuento del tío a los jubilados", disparó en la sesión de este miércoles la concejala opositora Carla Petrello, al arranque de las deliberaciones.

Agustina Ceballos y Marisa Amoedo, del bloque oficialista. (Foto: Jorge Conalbi Anzorena / SN)

Su par oficialista, Agustina Ceballos, defendió la iniciativa del Ejecutivo y mencionó incumplimientos que darían lugar a la nulidad de la norma. Entre otros, enumeró la falta de un comodato que debería haberse firmado. Además, la concejala del PRO exhibió un acta firmada por el presidente de la institución aceptando el cambio.

"La firma del presidente y el revisor de cuentas no tiene ningún valor, ya que esa decisión debe ser resuelta en asamblea de socios", dijo Marcelino Paéz, integrante del Centro de Jubilados, entrevistado por Juntos a la Par en la mañana de la Siempre Radio.

Paéz sostuvo, además, que Contini había argumentado "que la donación era nula porque nosotros no habíamos hecho la aceptación" correspondiente, pero recordó la imposibilidad de la institución de escriturar esos inmuebles, sitos en Barrio Balcones de Paravachasca, un loteo comprendido en un fideicomiso. Tal situación hace imposible las escrituraciones parciales.

Favio Ferreyra, presidente del Concejo Deliberante de Anisacate. (Foto: Jorge Conalbi Anzorena/SN).

Favio Ferreyra, presidente del cuerpo, se explayó sobre las falencias de la norma derogada, ya que afectaba como propiedad del estado municipal inmuebles que les habían sido cedidos en el fideicomiso, pero que al no poder escriturarse, aún no le pertenecen legalmente.

No obstante, la nueva Ordenanza también dispone sobre los inmuebles, a pesar de la falta de escritura.

Durante la tarde de este jueves, explicó Paéz, se realizará una reunión extraordinaria de socios en el Centro de  Jubilados y Pensionados Igualdad, convocados de urgencia ante la nueva situación.

Textos completos de las dos ordenanzas

ORDENANZA 489

VISTO: 

La ordenanza 267 /2019 que dispuso la donación del Lote 14 – Mz 334 del Loteo Balcón de Paravachasca de Anisacate y destacaba la importancia y necesidad de la creación y / o construcción de   una sede social, recreativa y cultural   para Jubilados y Pensionados de la localidad de Anisacate.-

La petición de la tenencia del lote contiguo para espacio de recreación .

La solicitud de exención de tasas Municipales .-

CONSIDERANDO:

Que un CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS IGUALDAD refiere a un espacio público de integración, actividad comunitaria, donde los adultos mayores de la comunidad pueden encontrarse y participar, realizar actividades recreativas, todo ello, con el objetivo de promover el desarrollo, la inclusión social y el mejoramiento de la calidad de vida de la tercera edad.  

Que según lo expresado por el Ministerio de Justicia de la Provincia de Córdoba, Dirección de Inspección de Personas jurídicas, la entidad local denominada “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS IGUALDAD”, posee personería Jurídica otorgada mediante resolución Nº 085-“A”/15, CUIT 30-71509404-1.-

Que el Municipio de Anisacate es titular del inmueble Lote 12– Mz 336 del Loteo Balcón de Paravachasca.

Que mediante donación al mencionado Centro de Jubilados, podrá construir la sede social y recreativa de Anisacate.- 

El Honorable Concejo Deliberante de Anisacate sanciona con fuerza de Ordenanza

Art. 1º:.- DEROGAR la ordenanza 276  en su totalidad .

Art 2. DESTINAR para la construcción del CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS IGUALDAD (DE ANISACATE), la fracción de terreno baldía de propiedad de la MUNICIPALIDAD DE ANISACATE, denominada como Lote 12 – Mz 336 del Barrio  Balcón de Paravachasca de Anisacate propiedad del Municipio  .-

Art. 3ª: Instrumentar la donación del inmueble descripto en el Art.  2 al “Centro de jubilados y pensionados IGUALDAD, CUIT 30-71509404-1 para la construcción de la sede social y recreativa. 

ART 4°: Autorizar al Sr intendente Municipal a instrumentar un comodato a favor del CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS IGUALDAD (DE ANISACATE) sobre el lote colindante número 5 de la Manzana 336 del Barrio Balcón de Paravachasca de Anisacate .-

Art 6° : Eximir del Pago de tasas al servicio a la Propiedad al inmueble donado lote 12– Mz 336 del Barrio  Balcón de Paravachasca de Anisacate.-

Art.7º: DE FORMA. -

Dada en la sala sesiones a los 26 dias de julio 2023.-

La nueva Ordenanza aprobada el 24 de abril de 2024

Que conforme se dispuso en la Ordenanza 489 /2023, se entregaría al CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS IGUALDAD, un inmueble en donación y otro en comodato, Lote 12 – Mz 336 del Barrio  Balcón de Paravachasca de Anisacate propiedad del Municipio y en comodato el  lote número 5 de la Manzana 336 de Anisacate. Que a la luz de la nueva organización Municipal, se han dispuesto numerosos espacios para la recreación y esparcimiento, que cumplirían acabadamente, con el objeto previsto en la ordenanza que se pretende derogar.

Que al momento de la transición de gobierno, no existe en el registro Municipal procedimiento administrativo que acredite la celebración de un contrato de Comodato con el centro de Jubilados y pensionados la igualdad, es decir no ha sido objeto de referéndum y control por este concejo Deliberante.

Que también podemos decir, que la donación no se ha instrumentado conforme a derecho, es decir en cumplimiento con lo dispuesto por el Articulo 1552 CCCN, y es la ley nacional que dispone que deviene nulo cualquier acto de disposición de inmueble que no se instrumenta por escritura pública, lo cual aquí no se ha hecho, por  lo que corresponde, a los fines de dotar de legalidad la gestión Municipalidad, derogar la ordenanza referida.

Que advertidas estas circunstancias y con el objetivo de sanear la situación planteada se suscribe el acta compromiso con fecha 17 de Abril de 2024,  que se adjunta a la presente. 

 Art. 1º: DEROGAR la ordenanza 489 en su totalidad, y que fuera aprobada con fecha 26 días de julio 2023.-

 Art 2°: Incorpórense el Lote 12 – Mz 336, y el Lote 5 de la Manzana 336, ambos del Barrio Balcón de Paravachasca de Anisacate al patrimonio del Estado Municipal.

 Art.3º: Otórguese al Centro de jubilados y pensionados IGUALDAD, CUIT 30-71509404-1, la tenencia exclusiva del Lote 12 – Mz 336  Barrio  Balcón de Paravachasca de Anisacate a 30 años, a cuyo fin se autoriza a la Sra. Intendente a suscribir Contrato de Comodato por el plazo referido.

 Art 4°: Autorícese al Ejecutivo a efectuar la donación al Centro de jubilados y pensionados IGUALDAD, CUIT 30-71509404-1 del lote 12 – Mz 336  Barrio  Balcón de Paravachasca de Anisacate, una vez adquiridos los títulos perfectos de dominio que surgen de la ordenanza de aprobación del loteo Balcón de Paravachasca.

 Art 5°: Dispóngase la afectación del lote 5 de la Manzana 336, del Barrio Balcón de Paravachasca de Anisacate para espacio público de recreación, destinado a la creación de la  “PLAZA DE LA TERCERA EDAD“ 

 Art. 6°: DOTAR al espacio referido en el art 5° de infraestructura acorde para el uso de la tercera edad.

 Art. 7°: DE FORMA

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE ANISACATE A LOS 24 DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL 2024

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