


(Alta Gracia; SN) – El Gobierno de Javier Milei avanzó con otra de sus políticas contra la población migrante: los hospitales públicos administrados por el Estado nacional comenzarán a cobrar la atención sanitaria a las personas extranjeras que no cuenten con residencia permanente en la Argentina.
La medida establece que, salvo en situaciones de emergencia, los pacientes deberán presentar un seguro de salud o pagar la prestación antes de ser atendidos. De esta manera, el acceso a una consulta, un estudio o un tratamiento dependerá de la situación migratoria y de la capacidad económica de cada persona.
El nuevo procedimiento no alcanza automáticamente a todos los hospitales públicos del país. Su aplicación directa corresponde a los establecimientos administrados por el Gobierno nacional. Las provincias y los municipios conservan sus propias competencias para definir las condiciones de atención dentro de sus sistemas sanitarios.

La restricción surge del Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, mediante el cual Milei modificó la Ley de Migraciones y eliminó la garantía de acceso sanitario en igualdad de condiciones para todas las personas extranjeras, independientemente de su situación documental.
Hasta esa modificación, la legislación establecía que la irregularidad migratoria no podía utilizarse para negar o limitar la atención. El nuevo texto solamente asegura el acceso irrestricto ante una emergencia y reserva la gratuidad general para ciudadanos argentinos y extranjeros con residencia permanente.
Primero el seguro o el pago
El procedimiento establece una secuencia que coloca la verificación administrativa y económica antes de la consulta médica.
La persona deberá acreditar su condición migratoria mediante el Documento Nacional de Identidad o la documentación expedida por la Dirección Nacional de Migraciones. Si no posee residencia permanente, tendrá que presentar un seguro con cobertura sanitaria en la Argentina.
En caso de no contar con esa cobertura, deberá abonar anticipadamente el arancel fijado para la prestación. Solamente después del pago podrá acceder a la atención habitual.
La disposición convierte a los trabajadores de admisión de los hospitales en agentes de control migratorio y económico. Antes de acceder al consultorio, el paciente deberá demostrar no solamente quién es, sino también qué categoría de residencia posee y cómo pagará el servicio.
Bajo la expresión oficial de establecer una supuesta “igualdad de condiciones”, el Gobierno institucionalizó un sistema sanitario diferenciado: una misma enfermedad tendrá respuestas distintas según el documento y el dinero de la persona que llegue al hospital.
Las emergencias quedan exceptuadas
La atención no podrá rechazarse cuando exista un riesgo inmediato para la vida o la posibilidad de sufrir un daño grave e irreversible.
Entre las situaciones exceptuadas se encuentran los paros cardiorrespiratorios, accidentes cerebrovasculares, infartos, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas, intoxicaciones, infecciones severas y cuadros que requieran una intervención quirúrgica urgente.
También deberán atenderse sin demoras las emergencias obstétricas, como partos inminentes, hemorragias, embarazos ectópicos complicados, eclampsia, preeclampsia grave o cualquier situación que ponga en peligro a la persona gestante o al feto.
La excepción alcanza además a las emergencias pediátricas y neonatales con compromiso respiratorio, circulatorio o neurológico.
La definición final quedará en manos del profesional interviniente, que deberá determinar si el cuadro implica un peligro inminente para la vida o para una función orgánica vital.
Sin embargo, que la atención no pueda negarse frente a una emergencia no significa necesariamente que la prestación sea gratuita. El sistema contempla que el Estado reclame posteriormente el costo al paciente, a su seguro o a un tercero obligado al pago.
Una barrera antes de llegar a la emergencia
La separación entre atención habitual y emergencia presenta una consecuencia sanitaria: una persona sin recursos puede postergar una consulta hasta que su condición se agrave lo suficiente como para ingresar dentro de las excepciones.
Controles médicos, estudios preventivos, seguimiento de enfermedades crónicas y tratamientos ambulatorios quedarán sujetos a la presentación de un seguro o al pago anticipado.
La barrera económica puede afectar especialmente a migrantes en situación precaria, trabajadores informales y personas que todavía tramitan su documentación. El riesgo consiste en que enfermedades tratables sean atendidas solamente cuando se conviertan en cuadros graves.
La salud pública deja así de funcionar como una herramienta preventiva para convertirse, en esos casos, en una asistencia limitada a evitar la muerte inmediata.
El DNU que cambió la política migratoria
El cobro de la atención sanitaria forma parte del DNU 366/2025, publicado en mayo de 2025. El decreto modificó distintos aspectos de la Ley de Migraciones y endureció las condiciones de ingreso, permanencia y expulsión de extranjeros.
La reforma también habilitó a las universidades nacionales a cobrar aranceles a estudiantes extranjeros que no posean residencia permanente y estableció nuevas exigencias migratorias.
Para justificar la restricción sanitaria, el Gobierno sostuvo que la atención gratuita de extranjeros provocaba una “desmesurada demanda” y podía contribuir al colapso de los servicios. Sin embargo, el decreto no acompañó esa afirmación con información desagregada sobre el peso presupuestario real de esas prestaciones en los hospitales nacionales.
La nueva política reemplaza el principio de acceso universal por una clasificación basada en la residencia. Las personas con residencia permanente conservarán las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos. Los residentes temporarios, transitorios y quienes se encuentren en situación irregular deberán acreditar cobertura o capacidad de pago.
Con la implementación del procedimiento, el Gobierno trasladó esa división desde los papeles migratorios hasta la puerta del consultorio. Fuera de las emergencias, el derecho a ser atendido quedará condicionado por una pregunta previa: quién puede pagar.


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