Córdoba: anulan la perpetua a una mujer por la muerte de su hijo

El crimen lo había cometido el concubino de una mujer en 2011 por lo que ambos recibieron la condena a cadena perpetua. Sin embargo, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Superior en Córdoba anuló la condena a la mujer por considerar su grave estado de vulnerabilidad.

Géneros 30 de mayo de 2023 Redacción SN
Tribunales Córdoba

(SN, Córdoba) Maribel Alejandra Soledad Barrera,  vivía con su novio —Marco Soria— y los hijos de ella —de 2 y 4 años— en una vivienda del barrio Remedios de Escalada, en la zona norte de la ciudad de Córdoba. La mujer estaba embarazada de ocho meses cuando entre el 9 y el 11 de octubre de 2011, Soria golpeó brutalmente al bebé.

Pasaron las horas y al  llegar al Hospital Infantil el niño ingresó sin vida. Ambos fueron condenados. Al año siguiente, la causa llegó a la Corte Suprema de Justicia en donde desestimaron la condena de la mujer  y las actuaciones volvieron a Córdoba. 

Este martes el Tribunal Superior de Justicia  hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la defensa de Maribel Alejandra Soledad Barrera, quien había sido condenada a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por el vínculo.

El TSJ estimó relevante la historia de vulnerabilidad y la violencia intrafamiliar de que fue víctima la mujer. Destacó que de las pruebas “emerge indudablemente la situación de vulnerabilidad de Barrera, no sólo contextual sino también por múltiples factores en su historia individual: mujer, pobre, sin sustento económico autónomo, con una infancia sin figuras parentales saludables, madre multípara desde la adolescencia, sin apoyo de las parejas ni familiar, carencias que impactaron en su función materna”. 

Asimismo, estimó comprobada una relación asimétrica entre Barrera y su pareja, Marcos Roberto Soria, a quien la Cámara en lo Criminal y Correccional de 4ª Nominación condenó a prisión perpetua por considerarlo el autor de los golpes que desencadenaron la muerte del niño. 

La sentencia destaca que la mujer se encontraba en situación de inferioridad por su dependencia económica, su historia vital (embarazos adolescentes y madre soltera), y la dinámica violenta intrafamiliar (violencia de Soria en su rol paterno y contra Barrera).

A su vez, la Sala Penal descartó que Barrera actuara con dolo directo. Sin embargo, afirmó que existió dolo eventual, puesto que ella conocía la anormalidad de la situación y, a pesar de ello, omitió pedir ayuda a pesar de que los perjuicios posibles no eran remotos.

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