Sequía y heladas: prorrogan la emergencia

Se extiende hasta el 29 de febrero para los productores agrícolas afectados por sequía y heladas. Es automática y no se debe realizar ningún trámite en la provincia de Córdoba.

Economía 14 de julio de 2023 Redacción SN
emergencia agropecuaria

(SN, Córdoba) El Gobierno de Córdoba prorrogó hasta el 29 de febrero de 2024 la declaración de Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario dispuesta por los Decreto N° 136/2023, N° 376/2023 y N° 404/2023 en virtud de la persistencia de los efectos adversos de sequía y helada, según se desprende del informe de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.

La medida alcanza a los productores agrícolas, forestales y frutihortícolas afectados por el fenómeno de sequía y heladas en zonas productivas acaecida en el segundo semestre del año 2022 y hasta el mes de enero de 2023 inclusive en el caso de sequía, y en febrero del 2023 en caso de heladas, y que desarrollan su actividad en las zonas afectadas por dicho fenómeno. Cabe recordar que las zonas han sido delimitadas utilizando el criterio de polígonos geo-referenciados, y que, conforme los padrones que administra la Dirección General de Rentas se encuentren gozando de los beneficios de prórroga dispuestos por los mencionados Decretos, informó el gobierno de Córdoba a través de su página web. 

En tanto, los productores ganaderos afectados, tanto por sequía como por heladas, ya estaban alcanzados hasta febrero del año próximo.

La prórroga es automática, no se debe presentar ningún trámite y los productores en estado de emergencia abonarán sin recargos ni intereses, hasta el 29 de febrero de 2024, el pago de las cuotas 1 a 12 del año 2023 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural y la parte proporcional de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondiente a la anualidad 2023, y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

En tanto, los productores en estado de desastre, del Decreto N° 136/2023, quedan eximidos del 100% del pago del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural y la parte proporcional de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondiente a la anualidad 2023, y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Y los productores en estado de desastre alcanzados por los Decretos N° 376/2023 y 404/2023 quedan eximidos del 83,33% del pago de los impuestos mencionados anteriormente.

Te puede interesar
parque industrial 4

Recesión: la industria pyme se desplomó en abril

Redacción SN
Economía 20 de mayo de 2024

Fue la caída más profunda en los últimos tres meses, de acuerdo al relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came). Rubro por rubro, los números son catastróficos. El detalle completo.

Ranking
incendio totral

Totoral: bomberos combaten un voraz incendio

Redacción SN
Sociedad 25 de julio de 2024

Las llamas afectan a una zona de monte nativo cercano al cruce entre ruta 60 y ruta 9. Desde la Secretaría de Riesgo y Cambio Climático informaron que más de 80 efectivos trabajan en el sector.

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email