¿Democracia?: el Gobierno y un decreto contra el derecho a huelga

El DNU publicado en el Boletín Oficial incluye al transporte de cargas, portuarios y aerocomercial en el listado de actividades esenciales las cuales, ante conflictos, deberán garantizar un funcionamiento de entre 50 y 75%.

Nacionales21 de mayo de 2025 Redacción SN
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(SN; con información de C5N) Este miércoles, el Gobierno Nacional publicó el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que habilita la intervención indiscriminada en los sindicatos e incluyó en el listado de actividades esenciales al transporte de cargas, portuario y aerocomercial. Los cuales, ante conflictos gremiales, deberán garantizar un funcionamiento de entre 50 y 75%, debilitando de esta manera el derecho a huelga.

“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, señala el artículo 3 de la normativa que estableció un régimen de excepción para la Marina Mercante.

“En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”, reza el DNU.

Ante este accionar del gobierno de Javier Milei señalaron que el decreto es inconstitucional y sin precedentes, ya que limita el ejercicio del derecho de huelga en la navegación marítima y/o fluvial destinada al transporte de personas o mercaderías, y actividades conexas.

“El derecho de huelga bajo amenaza. Con la excusa de regular la actividad de la marina mercante (DNU 340/25) el gobierno intenta reponer el artículo del DNU 70/23 que limita el ejercicio de huelga para casi todos los trabajadores del país”, expresó en X por su parte Luis Campos, abogado laboralista y director del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma.

Para el abogado "no está claro que el Gobierno pueda reponer por un nuevo DNU una parte de un viejo DNU que fue suspendida por una orden judicial. De ser así, ante una sentencia judicial en contra le bastaría con dictar sucesivos DNUs con el mismo contenido".

Durante la fallida sesión de este miércoles en la Cámara de Diputados, donde no hubo quorum para discutir mejoras en las jubilaciones, la moratoria previsional, el escándalo del caso $LIBRA y la designación de los auditores de la Auditoría General de la Nación (AGN), el legislador del Frente de Izquierda Nicolás del Caño hizo referencia en su discurso al DNU del Gobierno.

"Fíjense, quieren prohibir el derecho a huelga. Hay que terminar inmediatamente con las facultades delegadas al Presidente. No puede ser que se prohíba el derecho a huelga. Instamos a toda la clase trabajadora a unificar todos estos reclamos, a golpear con un solo puño, imponer a las centrales sindicales un verdadero plan de lucha para terminar con el cepo a las paritarias y que todo trabajador gane un salario como corresponde", expresó.

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