Córdoba: tras el fallo contra PAMI, advierten una “crisis completa” en discapacidad

La abogada Marta Lastra, impulsora del amparo judicial, denunció atrasos en pagos, auditorías “inhumanas” y advirtió que el sistema de prestaciones para personas con discapacidad atraviesa una situación límite.
Sociedad20 de mayo de 2026SNSN
Marta Lastra
Martha Lastra, referente de los derechos de la discapacidad y denunciante en la causa-

(Córdoba; SN) El Juzgado Federal N°3 de Córdoba, a cargo de Hugo Vaca Narvaja, hizo lugar a una medida cautelar colectiva y ordenó a PAMI y al programa Incluir Salud que normalicen en un plazo de 72 horas los pagos a prestadores que atienden a titulares de pensiones no contributivas con discapacidad. La resolución alcanza a todo el país y busca frenar una situación que, según el fallo, pone en riesgo tratamientos médicos, terapias y la continuidad de instituciones dedicadas a la atención de personas con discapacidad.

La presentación fue impulsada por la abogada Marta Lastra junto a los letrados José Foch y Diego Bustos. En diálogo con Siempre Radio, Lastra sostuvo que la medida representa “un alivio” frente a una situación social “extrema” y remarcó que el alcance colectivo del amparo evita que miles de familias deban recurrir individualmente a la Justicia.

“El juez confirmó que las demoras son reales y que afectan a instituciones de todo el país. Hay prestadores que no cobran desde noviembre y otros reciben pagos incompletos o esporádicos”, explicó la letrada. Según detalló, el sistema atraviesa una crisis económica profunda agravada por el atraso en la actualización de aranceles y por las demoras de hasta siete meses en los pagos.

En la resolución judicial, Vaca Narvaja señaló que existen elementos suficientes para considerar acreditada “la posibilidad razonable” de vulneración de derechos fundamentales, especialmente por el riesgo de interrupción de tratamientos esenciales para personas con discapacidad. El magistrado remarcó que el derecho a la salud y a la protección integral se encuentra garantizado por tratados internacionales con jerarquía constitucional y por la legislación nacional vigente.

Además, el juez contextualizó la situación dentro de la emergencia nacional en discapacidad establecida por la Ley 27.793, sancionada por el Congreso luego de que el Ejecutivo intentara vetarla. Esa normativa declara la emergencia en discapacidad hasta diciembre de 2026 y obliga al Estado nacional a garantizar financiamiento, actualización de aranceles y fortalecimiento del sistema de prestaciones.

Uno de los puntos más duros del fallo es el referido al impacto concreto de las demoras. El expediente incorpora informes de instituciones y centros terapéuticos que describen endeudamiento, atrasos salariales, imposibilidad de afrontar aportes patronales y hasta interrupciones en la entrega de medicamentos. El Pequeño Cottolengo Don Orione informó pérdidas millonarias por intereses y denunció dificultades para sostener servicios básicos.

Durante la entrevista radial, Lastra cuestionó con dureza las auditorías impulsadas por el Gobierno nacional sobre las pensiones por discapacidad. Relató casos de personas obligadas a trasladarse cientos de kilómetros para controles médicos y criticó el envío masivo de cartas documento para revisar beneficios. “¿Qué nivel de crueldad es citar a personas con discapacidad a localidades a más de 200 o 300 kilómetros?”, expresó.

La abogada también apuntó contra la falta de respuestas estatales para facilitar estudios médicos y turnos hospitalarios. “Pelear contra un sistema en tanta desventaja es muy inhumano”, afirmó, al tiempo que advirtió sobre un “estado de anomia” por el incumplimiento reiterado de normas y fallos judiciales.

En ese sentido, adelantó que el equipo jurídico evalúa acudir a la Corte Suprema y eventualmente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos si persisten los incumplimientos. “No dejamos de contemplar la posibilidad del control convencional para denunciar la violación constante de los derechos humanos de las personas con discapacidad”, sostuvo.

La cautelar dictada por el juez federal tendrá vigencia durante seis meses o hasta que exista una sentencia definitiva. Mientras tanto, el Gobierno nacional deberá garantizar que no se produzcan nuevas dilaciones, suspensiones o interrupciones en las prestaciones previstas por la Ley 24.901 para personas con discapacidad.

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