La UCR pide proteger las tumbas de personas que fueron destacadas en la ciudad

MUNICIPALES

Municipales 08 de junio de 2017 Diario Sumario

Diario Sumario, Alta Gracia. El bloque de concejales de la Unión Cívica Radical presentó un proyecto por el cual pide que se exima de las tasas municipales a las tumbas que resguardan restos de personas que fueron destacadas en la ciudad y se encuentran en el Cementerio Municipal. "Existen muchos vecinos que han realizado a través de su vida, actividades destacadas y fueron (la gran mayoría ) reconocidos con nombres de calles, plazas y edificios públicos y sus restos se encuentran en el cementerio, la idea es conservarlos para siempre y a costo del municipio", expresó el concejal Leandro Morer.

 

El proyecto:


PROYECTO DE ORDENANZA

PROTECCIÓN DE NUESTRA HISTORIA

Visto, que muchas callles, plazas y edificios públicos de nuestra ciudad destacan y reconocen a vecinos  que por su tarea comunitaria y personal dejaron una marca en los altagracienses que debe conservarse en el tiempo para conocimiento de las futuras generaciones, y;

CONSIDERANDO

Que los restos mortales de vecinos destacados y reconocidos de distintas diciplinas profesionales ya sea en Medicina, Docencia, Arte, Política, etc. en calles, plazas y edificios públicos de nuestra ciudad descansan en nuestro Cementerio Municipal;

Que conservar a través de los tiempos la memoria de estos personajes es una obligación del Estado Municipal más aún si dejaron su impronta en una etapa de la historia local;

Que eximir el Pago de Cementerio permite al Municipio conservar en el tiempo los restos de los vecinos a los que hacemos referencia;

Que también se debe considerar que familiares de vecinos cuyos restos se encuentran en el Cementerio Municipal pueden rechazar la eximición por decisión personal con una simple presentación escrita ante la Autoridad de Aplicación;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ALTA GRACIA

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art. 1º.- EXÍMASE del pago de la Tasa por Mantenimiento de Cementerio y Concesión de Uso de los Resto Mortales de todas aquellas personas que se destacaron por su actividad y fueron reconocidos sus nombres en Calles, Plazas y Edificios Públicos de Nuestra Ciudad.-

Art. 2º. DE FORMA.- 

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