
La Justicia declaró inválido el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad
El Juzgado Federal de Campana benefició a dos personas en una causa de amparo. Si bien no es una medida general, sienta un precedente contra el decreto.
El DNU publicado en el Boletín Oficial incluye al transporte de cargas, portuarios y aerocomercial en el listado de actividades esenciales las cuales, ante conflictos, deberán garantizar un funcionamiento de entre 50 y 75%.
Nacionales21 de mayo de 2025 Redacción SN(SN; con información de C5N) Este miércoles, el Gobierno Nacional publicó el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que habilita la intervención indiscriminada en los sindicatos e incluyó en el listado de actividades esenciales al transporte de cargas, portuario y aerocomercial. Los cuales, ante conflictos gremiales, deberán garantizar un funcionamiento de entre 50 y 75%, debilitando de esta manera el derecho a huelga.
“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, señala el artículo 3 de la normativa que estableció un régimen de excepción para la Marina Mercante.
“En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”, reza el DNU.
Ante este accionar del gobierno de Javier Milei señalaron que el decreto es inconstitucional y sin precedentes, ya que limita el ejercicio del derecho de huelga en la navegación marítima y/o fluvial destinada al transporte de personas o mercaderías, y actividades conexas.
“El derecho de huelga bajo amenaza. Con la excusa de regular la actividad de la marina mercante (DNU 340/25) el gobierno intenta reponer el artículo del DNU 70/23 que limita el ejercicio de huelga para casi todos los trabajadores del país”, expresó en X por su parte Luis Campos, abogado laboralista y director del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma.
Para el abogado "no está claro que el Gobierno pueda reponer por un nuevo DNU una parte de un viejo DNU que fue suspendida por una orden judicial. De ser así, ante una sentencia judicial en contra le bastaría con dictar sucesivos DNUs con el mismo contenido".
Durante la fallida sesión de este miércoles en la Cámara de Diputados, donde no hubo quorum para discutir mejoras en las jubilaciones, la moratoria previsional, el escándalo del caso $LIBRA y la designación de los auditores de la Auditoría General de la Nación (AGN), el legislador del Frente de Izquierda Nicolás del Caño hizo referencia en su discurso al DNU del Gobierno.
"Fíjense, quieren prohibir el derecho a huelga. Hay que terminar inmediatamente con las facultades delegadas al Presidente. No puede ser que se prohíba el derecho a huelga. Instamos a toda la clase trabajadora a unificar todos estos reclamos, a golpear con un solo puño, imponer a las centrales sindicales un verdadero plan de lucha para terminar con el cepo a las paritarias y que todo trabajador gane un salario como corresponde", expresó.
El Juzgado Federal de Campana benefició a dos personas en una causa de amparo. Si bien no es una medida general, sienta un precedente contra el decreto.
El dato se extrae del último estudio realizado por una consultora privada, que analizó la situación económica de los hogares. Además, ocho de cada diez personas modificaron sus hábitos de consumo para poder afrontar la difícil situación y más del 50% rechaza los vetos presidenciales a la ley de discapacidad y jubilaciones.
Lo había dispuesto la jueza Loretta Preska. La decisión garantiza que el país conserve la participación mayoritaria del Estado en la compañía mientras avanza la apelación.
"Han habido muchas fallas no solo en la elaboración sino a posteriori también”, dijo el infectólogo cordobés y sobre el caso del laboratorio HBL Pharma agregó: “Creo que falla la comunicación y los controles".
Además, el fiscal de San Isidro Fernando Domínguez dispuso la imputación de otros referentes libertarios, como la diputada Lilia Lemoine, el "cineasta" Santiago Oría y el referente en redes sociales Daniel Parisini, conocido como el Gordo Dan.
Durante la madrugada de este sábado detuvieron a un conductor en estado de furia luego de protagonizar un accidente de tránsito.
El accidente se produjo con una camioneta Ford Ranger en la esquina de avenida Italia y calle Grecia. La mujer sufrió diversas lesiones y fue asistida por el personal de emergencias.
La intendenta de Despeñaderos será segunda en la lista que conduce Juan Schiaretti en el espacio Provincias Unidas.
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Córdoba renueva nueve bancas en Diputados y 18 listas se presentaron para competir en las elecciones de octubre. La fragmentación y la diversidad de fuerzas prometen un escenario electoral intenso.