


(Buenos Aires; SN) El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad tras un fallo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó su aplicación inmediata y declaró inválida la suspensión de la norma por falta de financiamiento.
La medida fue formalizada mediante el Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei y publicado en el Boletín Oficial. La resolución judicial estableció la plena vigencia de la Ley 27.793, luego de considerar inconstitucional un decreto previo que había frenado su ejecución.
La reglamentación fija los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, define las condiciones de permanencia, incompatibilidades con otros beneficios, procedimientos administrativos y mecanismos de control. Además, dispone que el sistema deberá articularse con políticas de inclusión laboral y reglas de compatibilidad de ingresos.

El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, lo que implica un retorno a un enfoque sanitario. Esta decisión fue cuestionada por sectores vinculados a la temática, al considerar que representa un retroceso respecto de la perspectiva de derechos humanos que había guiado la política pública en los últimos años.
La norma también instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días. Asimismo, establece la conversión automática de las pensiones no contributivas vigentes al nuevo régimen de protección social.
La Ley de Emergencia en Discapacidad fue aprobada por el Congreso, vetada en dos oportunidades por el Poder Ejecutivo y finalmente ratificada el 5 de septiembre de 2025 con más de dos tercios de los votos en ambas cámaras. Su reglamentación se produjo luego de intensos reclamos sociales y movilizaciones en todo el país por parte de personas con discapacidad, familiares y trabajadores del sector.


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