


(Buenos Aires; SN) El gobierno nacional reglamentó este lunes la Ley de Inocencia Fiscal, una norma que introduce cambios de fondo en el sistema tributario argentino y que busca incentivar la declaración de activos no registrados mediante un esquema de controles patrimoniales más laxos y un cumplimiento estricto de la facturación declarada.
La reglamentación modifica el Régimen Penal Tributario y el Código Civil y Comercial, y se apoya en la implementación de una Declaración Jurada Simplificada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Según lo establecido, el nuevo sistema apunta a “blindar” a los contribuyentes frente a fiscalizaciones patrimoniales, a cambio de que los ingresos facturados sean declarados en su totalidad.
Uno de los ejes centrales de la ley es la creación del denominado “Régimen Simplificado de Ganancias”, destinado a contribuyentes con un patrimonio de hasta 10.000 millones de pesos. En ese marco, ARCA liquidará el impuesto exclusivamente sobre los ingresos facturados, sin considerar variaciones patrimoniales ni niveles de consumo como indicios de evasión.

La normativa incorpora además un efecto liberatorio: el artículo 39 establece que el pago en término del monto determinado por ARCA extingue cualquier reclamo fiscal posterior, salvo que se compruebe la omisión de ingresos facturados.
Desde el Poder Ejecutivo señalaron que el objetivo de la reglamentación es acelerar la exteriorización de activos, en un contexto en el que el Gobierno apuesta al blanqueo de capitales para fortalecer las reservas y promover la inversión privada, garantizando que el origen de los fondos no será objeto de persecución fiscal para quienes adhieran al nuevo esquema.
En materia penal, la ley eleva de manera significativa los pisos de punibilidad para que un incumplimiento sea considerado delito. El umbral de la evasión simple pasa de 1,5 millones a 100 millones de pesos, mientras que la evasión agravada se incrementa de 15 millones a 1.000 millones. A su vez, el plazo de prescripción de las causas penales se reduce de cinco a tres años.
La reglamentación también define mecanismos para regularizar deudas sin consecuencias penales. ARCA no iniciará acciones judiciales si el contribuyente cancela la deuda y los intereses en una única oportunidad. En los casos en los que aún no se haya radicado una denuncia, la acción penal podrá extinguirse mediante el pago de la deuda más un recargo del 50 por ciento dentro de los 30 días de la notificación.
Como contrapartida al relajamiento de los controles patrimoniales, la norma prevé un aumento significativo de las multas para quienes presenten sus declaraciones fuera de los plazos establecidos.


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