
El diputado nacional por Córdoba sostuvo que la sentencia contra la expresidenta es “ilegal e ilegítima” y advirtió que la resistencia deberá surgir desde las bases.
Hace ocho días, la ex mandataria y principal dirigente opositora al Gobierno de Javier Milei había anunciado su candidatura para las próximas elecciones legislativas. De manera maratónica, la Corte Suprema confirmó la medida. Desde diversos sectores populares calificaron esta decisión como un acto de proscripción.
Política10 de junio de 2025(SN; con información de NA) Hace ocho días, la ex presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner era entrevistada en la señal televisiva C5N y confirmaba su candidatura a diputada nacional por la provincia de Buenos Aires en las próximas elecciones legislativas. Luego de este anuncio, diferentes medios de comunicación y periodistas ligados al gobierno nacional y al macrismo alertaban que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificaría la condena a CFK de manera inminente y evitaría que fuese candidata. Esta premonición fue real y, tal como la ex mandataria lo definió en su libro “Sinceramente”, quedó al descubierto el lawfare, ese entramado conformado por una persecución judicial, política y mediática.
Este martes, la Corte Suprema confirmó la ratificación de la condena en segunda instancia a Cristina Fernández en la Causa Vialidad, que dispone seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La causa, desde el inicio
Bajo el Gobierno de Mauricio Macri en 2016, la causa inició a raíz de una denuncia presentada por la Oficina Anticorrupción (OA) y la Dirección Nacional de Vialidad, que señalaron posibles irregularidades en la adjudicación de 51 contratos de obra pública vial en Santa Cruz
El caso fue instruido inicialmente por el juez federal Julián Ercolini, junto con los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahiques. La acusación de Ercolini fue revisada por la Cámara Federal de Apelaciones de Buenos Aires (Sala II), integrada por los magistrados Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi
En 2019, el caso pasó al Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2), que duró más de dos años y medio. Este tribunal estuvo compuesto por los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso. En diciembre de 2022, el TOF 2 dictó una sentencia condenatoria contra Cristina Kirchner por administración fraudulenta, imponiéndole seis años de prisión y una inhabilitación perpetua para cargos públicos, aunque fue absuelta del cargo de asociación ilícita
Ante esto, la defensa y la fiscalía apelaron la sentencia y el caso fue revisado por la Cámara Federal de Casación Penal (Sala IV), integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña. En 2023, esta cámara ratificó la condena yrechazó el recurso de la defensa, por lo que pasó a manos de la Corte.
Justamente, la causa está en manos del máximo tribunal. Los jueces de la Corte involucrados son Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes en junio de 2025 rechazaron un pedido de recusación contra Lorenzetti presentado por la defensa.
Por qué se habla de “Lawfare”
Primera instancia
Segunda instancia
Cámara de Casación
Juicio Oral
Corte Suprema
Desde diversos sectores de la oposición, entre los cuales se encuentra el peronismo, el radicalismo y la izquierda repudiaron esta medida, como un acto de proscripción, que se dio luego del anuncio de la candidatura de CFK y a pocos meses de las elecciones. Se trata de la principal dirigente opositora al Gobierno de Javier Milei. En una decisión disciplinatoria hacia la democracia argentina, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti emitieron la condena que prohíbe a Cristina participar de las elecciones.
La Causa por la que fue condenada Cristina Fernández investigó presuntas irregularidades en la adjudicación de 51 obras públicas viales en la provincia de Santa Cruz.
El máximo tribunal rechazó cada uno de los argumentos del recurso de queja presentados por la ex mandataria y sostuvo que “el debido proceso ha sido salvaguardado” y que “la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley”.
La Corte también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, al desestimar el recurso del Ministerio Público por considerarlo “inadmisible” según el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.
Según el fallo, “las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida”, además de remarcar que Fernández Kirchner “relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para intereses particulares”.
La condena incluye también al empresario Lázaro Báez, al ex secretario de Obras Públicas José López y otros ex funcionarios.
El diputado nacional por Córdoba sostuvo que la sentencia contra la expresidenta es “ilegal e ilegítima” y advirtió que la resistencia deberá surgir desde las bases.
La ex presidenta se manifestó luego de la ratificación de la Cortes Suprema de Justicia de la Nación al a condena que incluye seis años de prisión domiciliaria y la prohibición de ejercer cargos públicos.
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El diputado nacional por Córdoba sostuvo que la sentencia contra la expresidenta es “ilegal e ilegítima” y advirtió que la resistencia deberá surgir desde las bases.
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